Copio y pego de la página
http://foro.delcelta.com/viewtopic.php? ... f3e743af7a de aficionados del Celta, tema creado ayer "Nueva Normativa Sub -23 Y Requisitos para la compra de plaza"
Mensaxepor 10 CELTA » 28 Maio 2013 23:47
Requisitos para la compra de plazas en Segunda B
"La Federación se pronuncia sobre la compra de plazas.
La RFEF ha publicado en la mañana de hoy el Reglamento válido para la temporada 13/14, donde se indican los requisitos para la compra de plazas en Segunda B.
Aclarado uno de los puntos más polémicos de todos los años en lo que al Reglamento se refiere. La Federación Española de Fútbol ha publicado dicho reglamento en la mañana de hoy, donde se aclaran los requisitos y condiciones a cumplir a la hora de comprar una plaza en Segunda B.
Esta opción se dará a los equipos de tercera que no hayan conseguido ascender por méritos deportivos una vez finalice la fase de ascenso, actualmente en juego. Podrán optar a la compra de plazas los equipos de Tercera que cuenten con los recursos necesarios para hacer frente a la deuda del club que baje administrativamente. Deuda que será consensuada entre la comisión mixta RFEF-AFE.
En anteriores temporadas, los filiales han sido los equipos que han utilizado con mayor asiduidad este derecho. AsÃ, entre otros, han subido a Segunda B equipos como Real Zaragoza, Racing B, Real Betis B o Espanyol B, entre otros. Medida y opción muy criticada por muchos de los dirigentes de los clubes “sanosâ€, que se quejan de que sus equipos tengan que competir con equipos que no cumplen durante toda la temporada y que, al final de la misma, acaban descendiendo en los despachos o, incluso, desapareciendo.
Los criterios que la Federación Española ha elegido para la presente temporada son muy similares a los de la pasada campaña. Son los siguientes:
1. El derecho de ascenso lo tendrán los equipos que, estando adscritos a Tercera División, satisfagan la cantidad económica que la RFEF establezca, que consistirá en la suma de la cantidad fijada como deuda por la Comisión Mixta RFEF-AFE más las posibles cantidades adeudadas a técnicos, con resolución federativa firme, a la propia RFEF y a las Federaciones de ámbito autonómico. La cantidad resultante se dividirá entre el número de equipos descendidos por impago.
2. Una vez fijado el importe a satisfacer por cada vacante, y antes de los tres dÃas siguientes a la resolución de descenso, la RFEF emitirá circular a fin de que los clubes interesados manifiesten su interés en cubrir la vacante en los tres dÃas siguientes.
3. El derecho a ocupar las vacantes se determinará por la RFEF, ponderando las circunstancias concurrentes, por el siguiente orden y atendiendo a los siguientes criterios:
a) El equipo de Tercera División de la misma Federación de ámbito autonómico a la que pertenezca el equipo descendido por impago.
b) El equipo descendido de Segunda División B de la misma Federación de ámbito autonómico a la que esté adscrito el equipo descendido por impago.
c) El resto de equipos de Tercera División.
d) El resto de equipos descendidos de Segunda División B.
4. Los anteriores criterios se aplicarán de forma excluyente, de tal modo que si con la aplicación de un apartado la vacante quedara cubierta, no habrá lugar a la aplicación de los siguientes.
5. Siempre tendrán mejor derecho, dentro de un mismo apartado, los equipos con mejor derecho deportivo, con la excepción que prevé el próximo epÃgrafe.
6. Los clubes en situación de concurso de acreedores perderán su mejor derecho deportivo en beneficio de los que no se encuentren en esa situación, y dentro de los que se encuentren en concurso de acreedores, tendrán mejor derecho los que tengan el convenio de acreedores aprobado judicialmente sobre los que no lo tengan.
7. Sólo se entenderá como pago para poder acceder a la plaza, el ingreso de la cantidad establecida en la cuenta corriente que establezca la RFEF dentro de las 24 horas siguientes a que por la RFEF se haya fijado, dentro de los solicitantes, el orden de acceso a la o las plazas.
8. El incumplimiento de la forma de abono en el plazo establecido se entenderá como renuncia a su derecho, pasando el mismo al siguiente solicitante con mejor derecho deportivo.
Se aclara en este apartado del Reglamento que, en caso de no existir equipos capaces de hacer frente a las deudas de un equipo y que, por tanto, no podrÃan comprar la plaza, ésta quedarÃa libre en el grupo correspondiente.
Se mantiene también la condición de poner un aval para salir a competir en caso de los clubes que deban dinero a final de la presente temporada. Serán de 125.000, 200.000 o 400.000, dependiendo de los casos, eliminándose la polémica medida que obligaba a los equipos que compraban plaza a depositar ese aval. De aquella manera, los equipos que compraban plaza la pasada temporada tenÃan que hacer frente a la deuda del equipo descendido administrativamente y al depósito del aval correspondiente. Esta medida favoreció a los filiales, ya que pocas entidades de otro tipo pudieron hacer frente a tal depósito.
Equipos como el Real Betis B ya han declarado su intención de comprar plaza."